TÍTULO II
CAPÍTULO I
ALUMNOS Y ALUMNAS
Sección Primera
Derechos y Garantías
Artículo 5. Son derechos y garantías de todos los alumnos y alumnas en
Conocer las Normas de Convivencia Escolar;
Recibir una educación que le permita contar con todas las oportunidades y servicios educativos orientados a darle una formación integral de calidad, de acuerdo a los ideales de nuestra Constitución o demás leyes emanadas del Poder Público, con el propósito de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía;
Recibir una educación acorde con su desarrollo biológico, psicológico y social, ajustándose a sus aptitudes, necesidades e intereses, según los Derechos que le confiere el Art. 6 de
Utilizar los servicios educativos existentes en
Recibir una educación técnica, científica, humanística, deportiva, recreativa y artística, que le permita la prosecución de estudios a nivel superior;
Recibir un trato amable, respetuoso y digno, acorde a su condición humana, por parte de todos los miembros de la comunidad educativa;
Ser atendidos oportunamente por las autoridades educativas de
Hacer uso del debido proceso y condiciones suficientes para su defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio;
Ser atendidos en una planta física que cuente con las instalaciones necesarias y con los recursos adecuados, para el desarrollo de la actividad educativa;
Conocer, en cuanto les concierne, todo lo relativo al régimen de evaluación en las diferentes materias que curse; a ser evaluado de conformidad con las disposiciones legales vigentes; a recibir información periódica de sus evaluaciones según lo establecido en el Art. 123 del R.G.L.O.E.;
Solicitar por escrito al Departamento de Evaluación o docente respectivo, la aplicación de una segunda forma de evaluación basándose en el Art. 112 del R.G.L.O.E. (según Gaceta Oficial Nro.- 36.787 del 15 de Junio de 1999);
Expresar libremente su opinión en todos los asuntos de la vida de
Defender sus derechos por si mismos;
Elegir y ser elegidos en las organizaciones estudiantiles, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y, si fuere el caso, de los Reglamentos Especiales;
Recibir, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos, la certificación de notas, el certificado de educación básica, el título de bachiller y demás credenciales de carácter académico que les correspondan;
Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y los Reglamentos Especiales.
PARÁGRAFO ÚNICO: Al inicio de cada año escolar, les corresponde a las distintas coordinaciones, implementar las actividades conducentes para dar a conocer a los alumnos, alumnas y representantes, los deberes y derechos contemplados en este Acuerdo de Convivencia.
Sección Segunda
Responsabilidades y Deberes
Artículo 6. Son responsabilidades y deberes de todos los alumnos y alumnas en
Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías;
Respetar los derechos y garantías de las demás personas, acatar las órdenes, consejos o sugerencias emanadas de las autoridades, personal docente, administrativo y obrero, bien sea dentro o fuera de
Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones, tareas, ejercicios y asignaciones;
Cumplir con el horario establecido por
Contribuir a mantener en todo momento el buen nombre de
Portar la insignia cosida al lado izquierdo de la camisa y el carnet que los acredite como alumnos regulares de
Realizar tareas, servicios o programas de interés para
Mantener una actitud de respeto y un vocabulario de altura con el personal directivo, docente, administrativo y obrero, así como con sus compañeros, compañeras y demás miembros de la comunidad;
Respetar los Símbolos Patrios, el Libertador Simón Bolívar y los demás valores inherentes a nuestra identidad nacional, dentro y fuera de
Mantener en buen estado y limpio el traje escolar de uso diario, el de educación física y de igual forma en el diversificado, el uniforme de instrucción premilitar;
Abstenerse de traer a
Utilizar responsablemente sus equipos de telefonía celular, en caso de traerlos a
Participar activamente en la organización, promoción y realización de actividades de difusión cultural, actos cívicos, conmemorativos, deportivos, recreacionales y cualquier otra actividad que propicie las buenas relaciones entre
Actuar como enlace entre
Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas);
Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de
Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material de
No introducir ni portar armas dentro o fuera de
Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Acuerdo de Convivencia y los Reglamentos Especiales.
PARÁGRAFO PRIMERO: El personal directivo, docente, administrativo y obrero de
PARÁGRAFO SEGUNDO: Al momento de la inscripción en
CAPÍTULO II
PERSONAL DOCENTE
Sección Primera
Derechos y Garantías
Artículo 7. Además de los derechos que consagra el reglamento del Ejercicio de
Ejercer libremente la docencia, en armonía con lo establecido en el ordenamiento jurídico venezolano y las presentes Normas de Convivencia;
Recibir del personal directivo facilidades de acuerdo a las posibilidades de
Solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores, orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores docentes;
Recibir un trato respetuoso por parte de todas las personas que integran
Presentar o dirigir peticiones al personal obrero, administrativo y directivo, así como a cualquier otro órgano de
Expresar libremente su opinión en todos los asuntos de la vida de
Hacer uso del debido proceso y la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio;
Disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes;
Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y los Reglamentos especiales.
Sección Segunda
Responsabilidades y Deberes
Artículo 8. Todos los profesionales de la docencia que integran
Conocer el contenido y alcance de
Proveerse del Programa de Estudio Oficial, conocerlo, interpretarlo e impartir la enseñanza con sujeción a él y de acuerdo con las normas establecidas al efecto por las autoridades educativas competentes;
Preparar cuidadosamente sus planes de trabajo y llevar un registro del desarrollo de éstos, con indicación de la parte vista del Programa, las actividades derivadas, las dificultades confrontadas, las consultas hechas a las autoridades correspondientes y en fin, todo cuanto pueda evidenciar el desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje que se cumple;
Estar informado de las publicaciones que en materia de educación hagan las autoridades competentes y otros organismos oficiales y privados, a los fines de su utilización, tanto para la propia consulta como para el uso directo de su trabajo en el aula;
Observar una conducta democrática en el ejercicio de su función. En este sentido, fomentar la convivencia social por medio del trabajo en grupo; mantener buenas relaciones con los compañeros de trabajo, y cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones problemáticas que a diario se presentan, tratar de ser siempre justo y ecuánime en la constante valoración que debe hacerse de la actuación de los alumnos, fomentar el espíritu de solidaridad humana, contribuir a la formación de ciudadanos aptos para la práctica de la democracia y favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando;
Cumplir con el mayor grado de eficacia las responsabilidades especiales propias de la profesión docente que le fueren asignadas por las autoridades educativas correspondientes;
Asistir diaria y puntualmente a
No abandonar el aula o el sitio de trabajo en horas de labor;
Registrar la asistencia diaria de los alumnos;
Colaborar con la disciplina general de
Ser responsable por la conservación del mobiliario, útiles de trabajo y otros, asignados al aula en que se desarrolla su función educativa;
Evaluar apropiadamente a los alumnos y alumnas de
Controlar diariamente el aseo de las aulas, el mobiliario y la higiene personal de los alumnos;
Solicitar por escrito y con la debida anticipación, ante
Defender y hacer respetar los derechos inherentes a la profesión educativa (consideración social, económica y otros);
Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y los Reglamentos Especiales.
CAPÍTULO III
PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO
Sección Primera
Derechos y Garantías
Artículo 9. Se reconoce al personal obrero y administrativo de
Recibir un trato respetuoso por parte de todas las personas que integran
Recibir del personal directivo facilidades de acuerdo a las posibilidades de
Presentar o dirigir peticiones al personal docente y directivo, así como a cualquier otro órgano de
Opinar libremente en todos los asuntos de la vida de
Hacer uso del debido proceso y la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio;
Disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores;
Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y los Reglamentos especiales.
Sección Segunda
Responsabilidades y Deberes del Personal Administrativo
Artículo 10. Las personas que integren el personal administrativo en
Prestar sus servicios con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas;
Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente;
Acatar los cambios de horarios y prestar servicios fuera del horario establecido cuando les sea ordenado por razones de servicio;
Atender las actividades de adiestramiento y perfeccionamiento destinados a mejorar su capacitación;
Asistir diaria y puntualmente a todas sus actividades laborales. Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales;
Respetar los derechos y garantías de las demás personas;
Velar por el despacho oportuno de los recaudos administrativos de
Cuidar que la correspondencia emitida por
Mantener y ser responsable por la organización del Archivo a su cargo;
Enviar y recibir la correspondencia Postal y de cualquier otro tipo del Instituto.
Dar cuenta, según sea el caso, al director, Subdirector o los Coordinadores respectivos, de la correspondencia recibida;
Responder por la conservación, organización, mantenimiento y aseo de la dirección o secretaría a su cargo y de su mobiliario;
Colaborar con el personal Directivo y Docente en el mantenimiento del orden y la disciplina de la institución;
Participar en todas aquellas actividades escolares en las cuales sea solicitado su concurso;
Observar absoluta reserva sobre los asuntos del servicio y sobre los pormenores de los cuales tenga conocimiento en las funciones de su cargo, que por discreción deban guardar;
Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico venezolano, las presentes Normas de Convivencia y los demás Reglamentos Especiales.
Sección Tercera
Responsabilidades y Deberes del Personal Obrero
Artículo 11. Las personas que integren el personal obrero en
Prestar sus servicios con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas;
Respetar y acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente;
Acatar los cambios de horarios y prestar servicios fuera del horario establecido cuando les sea ordenado por razones de servicio;
Atender las actividades de adiestramiento y perfeccionamiento destinados a mejorar su capacitación;
Asistir diaria y puntualmente a todas sus actividades laborales. Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales;
Respetar los derechos y garantías de las demás personas;
Mantener en completo aseo y limpieza todas las dependencias de la institución, así como el mobiliario y demás materiales existentes;
Velar por el buen mantenimiento y conservación del material de trabajo del cual es responsable;
Guardar el debido respeto para con todo el alumnado y demás personal que labora en
Ser cortés y respetuoso con los padres, representantes y visitantes;
Observar buena presentación personal y usar durante su trabajo vestimenta adecuada para las actividades que deba cumplir;
Quien realice las funciones de portero deberá controlar la entrada y salida de los alumnos o alumnas y requerir información de si están autorizados para hacerlo o no;
Colaborar con el mantenimiento de la disciplina en
Velar porque los bienes de la institución no se extravíen ni salgan del mismo sin la debida autorización del Director;
El vigilante nocturno deberá pernoctar en
CAPÍTULO IV
PADRES Y REPRESENTANTES
Sección Primera
Derechos y Garantías
Artículo 12. Los Padres y Representantes en
Ser respetado por todas las personas que integran
Ser informado y participar libre, activa y plenamente en el proceso educativo de sus representados. Así como a participar libre, activa y plenamente en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales;
Tener voz y voto en las asambleas de
Elegir y ser elegidos como miembros en las distintas organizaciones en las que tenga participación
Defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adolescentes, haciendo uso del debido proceso y condiciones suficientes para la defensa especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio;
Ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal obrero, administrativo, docente y directivo, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto;
Presentar o dirigir peticiones a los docentes, personal directivo y administrativo y cualquier otro órgano de
Derecho a opinar libremente sobre todos los asuntos de la vida de
Recibir de las autoridades correspondientes constancia escrita de haber asistido al Centro Educativo;
Conocer el Acuerdo de Convivencia de
Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico, las presentes Normas de Convivencia y los Reglamentos Especiales.
Sección Segunda
Responsabilidades y Deberes
Artículo 13. Los Padres y Representantes en
Garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad;
Conocer, respetar y cumplir las disposiciones establecidas en este Acuerdo de Convivencia;
Participar activamente en la educación de sus representados;
Orientar y fomentar en el alumno la necesidad de estar en disposición de cooperar con el cumplimiento de las Normas de Convivencia dentro de
Orientar al alumno o alumna para que aproveche positivamente el tiempo, organizándolo de tal manera que permita estudiar, recrearse y descansar. No recargarlo con numerosas actividades extracurriculares;
Garantizar que sus hijos cumplan con la obligatoria asistencia a clases y con el horario escolar establecido;
Acatar las decisiones de
Comunicar por escrito la justificación de cualquier inasistencia de su representado a clases o a actividades especiales como convivencias, retiros, paseos, entre otros;
Tramitar ante
Cuidar que su representado asista a clases con el traje escolar reglamentario y que éste cumpla con las normas de presentación e higiene;
Estimular en sus hijos la responsabilidad de llevar a
Evitar que su representado traiga a
Prestar especial atención a objetos que pueda tener el alumno que no sean de su propiedad;
Leer y firmar las circulares enviadas por
Asistir en forma activa y comprometida a todas las reuniones y asambleas convocadas por
Justificar por escrito la inasistencia a las reuniones a las cuales se le convoque;
Ser cordiales en el trato con los docentes y demás integrantes de
Conversar directamente con el Profesor Guía en caso de que se presente algún problema con su representado;
Asistir personalmente a las entrevistas a las que fuesen convocados por cualquier instancia de
Responder civilmente por los daños y deterioros que ocasionen los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, al local, mobiliario y cualquier otro material de
Cumplir con las regulaciones del ordenamiento jurídico educacional que les resulten aplicables.
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